Edomex tipifica el “transfeminicidio”; castigo llegará hasta 93 años de prisión

Morenistas y petistas coincidieron en que la reforma paga una deuda histórica al proteger a un sector poblacional históricamente vulnerado, y responde a la realidad actual de la sociedad.

Con el voto en contra del Partido Acción Nacional (PAN), el Congreso del Estado de México aprobó este miércoles reformas al Código Penal para tipificar el transfeminicidio —el homicidio de una mujer trans o de una persona cuya identidad o expresión de género se reconozca como mujer— y castigar este delito con penas de hasta 93.4 años de prisión.

La iniciativa fue presentada por Luisa Esmeralda Navarro Hernández, diputade de Morena, quien argumentó que la medida busca reconocer la violencia estructural y sistemática que enfrentan las mujeres trans en el país.

De acuerdo con el dictamen aprobado, se considerará transfeminicidio cuando una persona prive de la vida a una mujer trans por motivos de identidad o expresión de género, en un contexto de discriminación.

El texto define como razones de identidad o expresión de género situaciones en las que la víctima presente violencia sexual, lesiones degradantes o mutilaciones, antes o después del asesinato; cuando el cuerpo sea exhibido o expuesto públicamente, o si el agresor realiza actos de ensañamiento relacionados con la identidad de género de la víctima.

También se considerarán agravantes si hay antecedentes de violencia familiar, institucional, laboral o política, o si existía entre víctima y agresor una relación sentimental, afectiva o de confianza.
La norma contempla además los casos en que el agresor exprese odio o rechazo por motivos de identidad de género, o cuando la víctima sea despojada de elementos distintivos de su expresión de género.

El delito de transfeminicidio será sancionado con penas de 40 a 70 años de prisión y de 700 a 5,000 días de multa.

Cuando la víctima sea menor de edad o el responsable sea servidor público y haya utilizado su cargo para cometer el delito, la pena podrá aumentarse hasta en un tercio, alcanzando los 93 años y cuatro meses de prisión y hasta 6,666 días de multa.

El agresor, además, perderá los derechos civiles y familiares respecto a la víctima, incluidos los sucesorios.

Durante la discusión, los legisladores del PAN expresaron su rechazo a la reforma. El diputado Anuar Azar argumentó que su partido defiende “el orden natural de la vida y la familia” y que toda violencia debe condenarse sin etiquetas.

“Rechazamos figuras penales basadas en construcciones ideológicas o percepciones personales de identidad”, señaló.

Azar añadió que el feminicidio fue creado para sancionar la violencia contra mujeres “biológicas” y que extenderlo a “cualquier autoprescripción” diluye su propósito original. También cuestionó que, mientras se crean nuevos tipos penales, persisten problemas como la corrupción, la inseguridad y la falta de medicamentos oncológicos.

La diputada Emma Álvarez, también del PAN, sostuvo que el verdadero problema radica en la impunidad y en la incapacidad del Estado para garantizar justicia, más que en la falta de figuras jurídicas.ç

Su correligionaria Krishna Romero advirtió posibles dificultades para acreditar la identidad de género de la víctima durante los procesos judiciales, y criticó que el nuevo tipo penal excluye a los hombres trans.

El PAN propuso una alternativa denominada “privación de la vida por identidad de género”, que buscaba abarcar a toda la comunidad LGBTTTIQ+, pero fue rechazada por la mayoría morenista.

En contraste, diputados de Morena y del Partido del Trabajo (PT) celebraron la aprobación de la reforma, al considerarla un avance histórico en materia de derechos humanos y un reconocimiento a un sector históricamente vulnerado.

“El transfeminicidio es una realidad en México y el Estado debe garantizar justicia con nombre y ley”, sostuvo la bancada morenista durante la sesión.

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