Vapeadores quedan prohibidos en México: ¿qué establece la nueva ley?
La reforma a la Ley General de Salud contempla sanciones penales y económicas, permite el consumo personal sin fines comerciales y busca reducir los riesgos a la salud.

A partir del 16 de enero de 2026, entrará en vigor en México la prohibición absoluta de los vapeadores y cigarrillos electrónicos, tras la publicación de una reforma a la Ley General de Salud en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La medida forma parte de la estrategia del gobierno federal para reducir riesgos a la salud pública, especialmente entre niñas, niños y jóvenes.
La normativa establece restricciones amplias que abarcan todos los dispositivos electrónicos para fumar, incluidos los desechables, recargables, sin nicotina y de un solo uso, así como sus accesorios y sustancias.
¿Qué actividades quedan completamente prohibidas con la nueva ley?
La reforma establece una prohibición total sobre cualquier actividad relacionada con los vapeadores y dispositivos análogos en todo el territorio nacional.
Queda expresamente prohibida la fabricación, preparación, distribución, envasado, transporte, almacenamiento, comercio, venta y suministro de estos productos.
La restricción aplica tanto para modelos desechables como recargables, sin importar si contienen nicotina o no. Además, la normativa incluye cartuchos, líquidos, baterías, resistencias y demás accesorios utilizados para el funcionamiento de estos dispositivos.
Asimismo, se prohíbe cualquier tipo de publicidad, promoción o propaganda, ya sea en medios digitales, impresos, audiovisuales o redes sociales, con el objetivo de frenar su difusión y consumo.
Aunque la ley endurece las sanciones contra la comercialización, sí permite la posesión y el consumo personal de vapeadores y cigarrillos electrónicos, siempre que no exista intención de venta, distribución o lucro.
Esto significa que los usuarios que ya cuenten con estos dispositivos podrán conservarlos y utilizarlos de manera individual, sin que ello constituya un delito, siempre y cuando no se involucren en actividades comerciales.
Las autoridades han aclarado que el enfoque de la reforma está dirigido principalmente a cortar la cadena de suministro y comercialización, más que a criminalizar a los consumidores.
La reforma contempla sanciones severas para quienes violen la normativa. Las penas pueden ir de uno a ocho años de prisión, además de multas de hasta dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Además, las autoridades sanitarias tienen facultades para realizar decomisos, aseguramientos y clausuras de establecimientos que incumplan con la ley, como tiendas, bodegas o puntos de venta informales.
Estas medidas buscan inhibir el mercado ilegal y reforzar el control sobre productos considerados de riesgo sanitario.
De acuerdo con informes de la Secretaría de Salud, los vapeadores pueden contener sustancias tóxicas que representan un peligro para la salud, especialmente en personas jóvenes.
El vapor que generan puede dañar los pulmones, dificultar la respiración y estar asociado con riesgos de cáncer.
Muchos dispositivos contienen altos niveles de nicotina, lo que favorece la adicción y afecta al corazón, los pulmones y el cerebro.
También se ha señalado que su uso puede aumentar la presión arterial, el riesgo de problemas cardíacos y hormonales, así como provocar lesiones pulmonares graves.



